A- de 2003
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Fundacion Hogar Materno Infantil Vs. Icbf
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se realizó la corrección de la parte resolutiva del Auto ICC-577/02 toda vez que existió un error de carácter mecanográfico en el cuerpo del auto de la referencia que si bien no altera el fondo de la providencia, sí amerita su corrección para que pueda darse la ejecución de la misma.
Tal error consiste en la errada remisión del expediente al Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Cali, cuando lo correcto era hacer referencia al Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Bogotá, como se señaló en el resto del cuerpo de la providencia.
En consecuencia, el error indicado debe ser corregido para que no existan textos incongruentes al interior del mencionado auto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. CORREGIR la parte resolutiva del auto ICC-577 del 5 de diciembre de 2002, y en consecuencia, donde dice:
- "Remitase el expediente contentivo de la accion de tutela propuesta por la Fundacion Hogar Materno Infantil contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Regional Bogota-, al Juzgado
- Septimo. Civil del Circuito de Cali, para que la tramite y decida en forma inmediata."
- Corregirse por:
- Remitase el expediente contentivo de la accion de tutela propuesta por la Fundacion Hogar Materno Infantil contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Regional Bogota-, al Juzgado
- Septimo. Civil del Circuito de Bogota, para que la tramite y decida en forma inmediata.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.